La Reforma Constitucional del 18 de junio de 2008, establece una transformación en el sistema de justicia procesal penal mexicano, que significó transitar hacia un sistema acusatorio, el cual se caracteriza por ser un sistema garantista, que da protección a las partes, entre ellas a la víctima, que ahora tiene una mayor participación durante el procedimiento penal, de la que podemos destacar, el ejercicio de la llamada "acción entre particulares", facultad que antes era exclusiva del Ministerio Público.